Tuesday, September 07, 2010
Que puede hacer el consulado por Ud. Emergencias

El Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto 230/2009 ha convocado al electorado de la Nación Argentina a la celebración de Elecciones Nacionales el dia 28 de junio de 2009. En esa oportunidad, se procederá a la elección de SENADORES y DIPUTADOS NACIONALES según corresponda a cada distrito.

Los ciudadanos argentinos domiciliados en la jurisdicción e inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el Exterior hasta el 31 de diciembre de 2008, podrán votar concurriendo con su Documento Nacional de Identidad a esta sede, el dia 28 de junio del corriente ano, en el horario de 08:00 a 18:00 hs.

Los ciudadanos argentinos que hayan realizado su cambio de domicilio en su DNI no necesitan justificar la no emisión del voto. El voto en el exterior no es obligatorio.

Si ud. desea saber si esta incluido en el Padrón Electoral, puede comunicarse con este Consulado al teléfono 323-954-9155 de 9 a 17 hs.

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El horario de atencion al publico es de 9 a 12:30Hs.

a) Los hijos de padre y/o madre argentino (s) no naturalizado (s) tienen la opción de adquirir la nacionalidad argentina, trámite que podrá efectuarse en el Consulado General y Centro de Promoción en Los Angeles, California, si el opcionante nació en Alaska, Arizona, California, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon, Utah, Washington o Wyoming. Si el opcionante hubiera nacido en otroEstado o en un tercer país deberá adjuntar el Certificado de Inscripción de la Partida de Nacimiento realizada por el Consulado o la Sección Consular correspondiente al lugar de nacimiento.

b) Para acreditar la nacionalidad del padre y/o madre argentino (s) deberá proveer los siguientes documentos:

   - DNI  o en su defecto (Libreta de Enrolamiento o Civica según corresponda)
   - Testimonio original o Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, con una antigüedad no mayor a los seis meses. (en caso se tenga que solicitar una nueva Copia Certificada de la partida, consultar la  pagina www.registrocivil.gov.ar).
   - Los datos filiatorios (nombre y apellido completos sin iniciales, lugar de nacimiento, fecha) deben coincidir con los que figuran en el Certificado de Nacimiento (Birth Certificate) del opcionante, el cual debe estar apostillado en la Secretaría de Estado correspondiente. En la cudad de Los Angeles la Secretary of State está ubicada en 300 South Spring St. Suite 12513 – TE (213) 897-3062
El certificado de nacimiento del opcionante no puede ser un "Abastract Copy"

c) En caso que en el Certificado de Nacimiento (Birth Certificate) no haya coincidencia con los datos filiatorios (nombres con iniciales, apellido de casada de la madre en lugar de soltera, etc) se deberá tramitar ante el State Health of Vital Records pertinente un Certificado de Nacimiento debidamente enmedado.

d) En  caso que uno de los padres del opcionante sea extranjero, debe proveer el documento de identidad que se admita como válido. Si es de nacionalidad estadounidense ID, Driver´s License o Valid USA Passport. De pertenecer a un tercer país el pasaporte váido o un documento de viaje en vigor son prueba de identidad..

e) En caso que uno de los padres hubiera fallecido, se debe presentar el certificado de defunción legalizado o apostillado.

El trámite con los requisitos mencionados debe adelantarse personalmente o por correo, enviando la documentación a esta Representación, atención Cónsul Adjunto Nicolás Perazzo Naón

f) Todos los trámites que realizan los ciudadanos argentinos en este Consulado General y Centro de Promoción se derivan del conocimiento que los funcionarios consulares autorizados tienen de los mismos. Por tal motivo  el padre y/o madre argentino (s) del opcionante menor de 18 años deben previamente al inicio del trámite de opción haber cumplimentado el cambio de  domicilio en su DNI o Libreta Civica/Enrolamiento y haber procedido a registrarse en la Matricula de Residentes Argentinos.
Los datos filiatorios deben coincidir con los del documento de identidad presentado, de allí la necesidad de que no solo figure el domicilio actual en esta jurisdicción como lo establece la Ley, sino que tambien que provean un número telefónico, de celular y un correo electronico de contacto para mantener una comunicación fluida y directa con esta Representación.

g) aranceles

1. El trámite de la opción es gratuito excepto el otorgamiento del DNI a los menores de 16 años. La libreta pertinente cuesta $ 5,00 (cinco dólares) los que se abonan en efectivo el mismo día del trámite. (Bank of America cuenta 03730 023 78 Argentina Consulate General-Clang.).El Registro Nacional de las Personas entrega a tal efecto Boletas Prenumeradas, cuyo ejemplar numero 2 retiene el recurrente como comprobante de pago.
Si el opcionante  es mayor de 8 años y menor de 16 años debe presentarse con 1 foto color con fondo blanco de 1 pulgada y media de kadi, tres cuartos de perfil derecho.
Los opcionantes mayores de 16 años realizarán los trámites pertinentes en esta Representación, pero el Documento Nacional de Identidad será emitido por el Registro Nacional de las Personas en la República Argentina y el Consulado General informará por esta misma vía al opcionante,cuando puede retirar el  DNI en cuya ocasipn porveera una foto con las características señaladas, previa presentación de la Boleta Prenumerada que oportunamente le entregara el Cónsul General.
2. El cambio de domicilio en el DNI o Libreta Cívica/Libreta de Enrolamiento del padre-madre del opcionante es obligatorio según Ley 17.671 siendo los derechos a depositar en la cuenta bancaria anteriormente indicada US $ 2,50. .
3. La matriculación en el Registro de Residentes argentinos es gratuita. El Consulado General agrega una foto digital del recurrente tomada el día que realiza el trámite.

h) Una vez fijada la cita para el trámite de opción , se comunicará misma vía o a través de correo electrónico del recurrente la fecha acordada , habida cuenta que la comparecencia en este Consulado General del menor y  de sus padres y-o-de quienes ejerzan su guarda o tutoría es obligatoria. Si el opcionante fuere mayor de 18 (dieciocho) años),sólo se requiere su presenia según Decreto 1601/04.

Sin el cumplimiento de los requisitos mencionados y de acuerdo con la  reglamentación vigente, no se realizará el trámite de opción.